Declaración del impuesto a la renta en 2016
Las personas naturales y las sociedades deben realizar su declaración del Impuesto a la Renta de 2015 hasta marzo y abril de 2016 respectivamente, de acuerdo al siguiente cronograma:
Cronograma para realizar la declaración del impuesto a la renta.
Desde este año, declarar el Impuesto a la Renta es más sencillo. El Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitó el formulario 102A en línea para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, así como el Anexo de gastos personales en línea, facturas electrónicas más declaración sugerida, para que los contribuyentes realicen su Impuesto a la Renta de forma ágil. Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad seguirán efectuando su declaración a través del programa DIMM Formularios.
Quienes deben declarar el impuesto a la renta.
Las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, cuyos ingresos superaron los $10.800 dólares en el 2015, deben realizar la declaración del Impuesto a la Renta en el formulario 102A en línea, sin embargo, en caso de trabajar en relación de dependencia para un solo empleador y de no haber modificado los valores estimados dentro de la proyección de gastos personales de 2015, el formulario 107* se convierte en la declaración del contribuyente y no debe presentar la declaración en el formulario 102A.
Para las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad en relación de dependencia, el formulario se presenta con información pre llenada que consta en la herramienta de datos fiscales**, disponible en la página web del SRI, en Servicios en Línea, a la que deben acceder con su usuario y clave.
Por otro lado, para la presentación del Anexo de gastos personales en línea, el SRI proporciona el detalle de las facturas electrónicas, las cuales deben ser clasificadas por el tipo de gasto al que corresponde cada comprobante de venta, para el registro del monto respectivo. Los comprobantes físicos pueden ser ingresados en el sistema o utilizando la plantilla en formato excel que se encuentra publicada en la página web del SRI en la opción Declaración de Impuestos/Software para declarar/DIMM para anexos/Anexo de gastos personales en línea/Plantilla de formato excel 2003.
Los gastos personales no pueden superar los $14.040 dólares o el 50% de los ingresos gravados del contribuyente, es decir, el dinero percibido sin contar la décimo tercera y décimo cuarta remuneración ni las aportaciones al Seguro Social. Si supera los $5.400 dólares en gastos debe presentar el Anexo de gastos personales. Por cada rubro hay un monto máximo que puede deducirse, esas cantidades no pueden sumar, en total, más de $14.040 dólares.
Los gastos incluyen las adquisiciones y pagos realizados en vivienda, alimentación, educación, salud y vestimenta, de acuerdo a la Circular NAC-DGECCGC12-00006. Ver detalle gastos deducibles del impuesto a la renta
Por otro lado, el formulario 101 en línea para la declaración del Impuesto a la Renta de sociedades, estará disponible desde el próximo 12 de marzo e incluirá información contablefinanciera y tributaria, con lo cual el contribuyente podrá cumplir en un solo documento con los datos requeridos tanto por el SRI como por la Superintendencia de Compañías.
Ximena Amoroso, Directora General del SRI, señaló que la incorporación de los formularios 102A y 101 así como el Anexo de gastos personales en línea es parte del mejoramiento de servicios y la automatización de procesos de la Administración Tributaria, con lo que se minimizan costos y tiempo para los contribuyentes.
*Comprobante de retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta por ingresos del trabajo en relación de dependencia.
**Información propia del contribuyente y de terceros correspondiente a: Formulario 107, gastos personales, rendimientos financieros, ingresos y gastos de la actividad económica, herencias, retenciones en la fuente de renta.