Presidente Lasso decreta medidas
El Presidente Lasso anunció la noche del 17 de junio un paquete de medidas para favorecer a familias que pasan por una situación difícil, las medidas se dan en medio de un paro nacional.
La tarde del 20 de junio el Gobierno derogó el decreto 455 y decretó un nuevo estado de excepción en las provincias Pichincha, Cotopaxi e Imbabura, y además para Tungurahua, Chimborazo y Pastaza.
Presidente Lasso decreta medidas
Medidas del presidente Lasso
Las medidas tomadas son:
- Se aumentará el bono de desarrollo humano a USD 55.
- Se declara emergencia en el sistema de salud pública.
- Se duplicará el presupuesto a la educación intercultural
- Se subsidiará el 50% al precio de la úrea a pequeños y medianos productores.
- Se brindará un crédito agrícola de hasta USD 5 000 al 1% y 30 años de plazo.
- No existirá alza de diésel, el gas y la gasolina extra y ecopaís.
- No habrá privatización de servicios públicos
- Banecuador condonará todos los créditos vencidos hasta USD 3 000
Estado de excepción en Ecuador
El estado de excepción se inicia desde la medianoche del 17 de junio en las siguientes provincias:
- Pichincha
- Cotopaxi
- Imbabura
- Tungurahua
- Chimborazo
- Pastaza
Decreto ejecutivo 459 de estado de excepción
El Decreto 455 contiene las siguientes restricciones para los ciudadanos:
- Se suspende el derecho a la libertad de asociaciones y de reunión.
En este articulado del Decreto de estado de excepción se indica que no está permitido “las conformaciones de aglomeraciones en espacios públicos durante las 24 horas del día con el objeto de impedir que se atente contra los derechos de ciudadanos”. - Se restringe la libertad de tránsito a partir de hoy, 18 de junio del 2022. Los horarios de restricción serán desde las 22:00 hasta las 5:00 en el distrito Metropolitano de Quito.
- En ese mismo horario se estipula un toque de queda. Es decir, la gente no podrá circular en espacios públicos y quien lo haga podrá ser detenido y llevado a una autoridad judicial.
- Requisición de bienes y servicios. La servidores públicos o entes de Gobierno podrán disponer las requisiciones a las que haya lugar para mantener los servicios que garanticen los derechos de las personas y el orden y seguridad interna. Toda requisición de bienes o servicios se ejecutará de conformidad con lo establecido en el Reglamento a la Ley de Seguridad Pública y el Reglamento de Requisición de Bienes aplicable.
- Ejercer el uso progresivo de la fuerza. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deberán observar el uso progresivo de la fuerza y los principios aplicables. La fuerza se usará para neutralizar la actuación violenta o agresión letal de una o varias personas plenamente identificadas, ante amenaza inminente de muerte o lesiones graves de terceras personas o del servidor.